En esta orden se hace hincapié en la importancia que tiene la ventilación en los establecimientos hosteleros y de restauración como medida preventiva de contagio del COVID-19.

Medidas adoptadas:

  • Se insiste en la obligación de que los establecimientos tengan una ventilación adecuada por medios naturales o mecánicos.
  • Es obligatorio el uso de mascarilla para todas las personas que se encuentren en los establecimientos de hostelería y restauración, salvo en el momento concreto del consumo de alimentos o bebidas
  • En los establecimientos de hostelería y restauración, la ocupación máxima por mesa será de cuatro personas en espacios interiores y de seis personas en terrazas al aire libre, debiendo cesar su actividad a las 21:00 hora. A partir de esa hora podrán realizar, exclusivamente, servicios de entrega a domicilio hasta las 00:00 horas

Todas estas medidas se aplicarán desde el día 5 DE FEBRERO DE 2021.

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ÚLTIMA HORA: Se mantienen las restricciones durante otros siete días en las zonas básicas de salud de Getafe Norte y Las Ciudades (hasta las 00:00 del lunes 15 de febrero)